Nunca consideres el estudio como una obligación, sino como una oportunidad.
(Albert Einstein))

Fundación Cultura y Misión



Denominación, naturaleza, domicilio y ámbito de actuación

1. La Provincia Franciscana de Granada de Ntra. Sra. de Regla es la Fundadora de la “FUNDACIÓN CULTURA Y MISIÓN FRANCISCO DE ASÍS”, Fundación que es una organización sin fin de lucro, que tiene afectado, de modo duradero, su patrimonio a la realización de los fines de interés general que se detallan en estos Estatutos.

2. La naturaleza de la Fundación: la “cultura” abarca el rico patrimonio de concepciones, tradiciones, usos y costumbres, valores e instituciones propios de un grupo o pueblo. Esta Fundación está inspirada en:

a)Los valores evangélicos de la vida, la dignidad humana, el trabajo, la justicia, la solidaridad y el respeto a la creación.
b)Los valores religiosos y humanos que inspiraron el movimiento franciscano: desprendimiento, sencillez, minoridad y fraternidad universal.
c)Los valores de la cultura, entendida como la forma en que una sociedad vive, piensa, siente, se organiza, celebra, comparte y expresa la vida, y como el medio idóneo para la formación integral de las personas.

3. El domicilio estatutario de la Fundación “CULTURA Y MISIÓN FRANCISCO DE ASÍS’ se establece en la calle Marcelino Elosúa, número 1, distrito postal 23.600, de la Ciudad de Martos (Jaén).

4. El ámbito territorial en que va a desarrollar principalmente sus actividades es la Comunidad Autónoma de Andalucía, donde extiende su territorio la Provincia Franciscana de Granada Nuestra Señora de Regla, sin perjuicio de que con carácter instrumental o accesorio se extienda a aquellos lugares en que la OFM tiene casas, actividades religiosas o misionales, culturales, sociales, etc.


Fines de la Fundación

Son fines de la Fundación los siguientes, de interés general:

1. La protección, conservación, difusión, e investigación del patrimonio cultural histórico, religioso, arqueológico, musical y científico que integra la dotación de la Fundación, tanto presente como futuro y en especial el científico y arqueológico.

2. Fomentar y llevar a cabo, por su parte y dentro de sus posibilidades, en interés público y sin ánimo de lucro, cualesquiera iniciativas encaminadas a la promoción humana y social en su ámbito territorial de actuación, y en sintonía también con los valores propios de la institución.

3. Contribuir a la difusión de ese espíritu con toda clase de medios, de manera especial entre la juventud y formar en él, estimulando su sentido de responsabilidad, a quienes de algún modo puedan participar eficazmente en labores dirigidas al mejoramiento de la convivencia cívica y a la superación de -antagonismos sociales.

4. Recabar ayudas de entidades privadas y de organismos oficiales, y disponer de un fondo que facilite las actuaciones necesarias.

5. Publicar las actividades relacionadas con los fines de la Fundación.


Actividades

Para la consecución de los fines mencionados en el artículo anterior, la Fundación realizará las siguientes actividades:

1. Colaboración con las áreas municipales de cultura.
2. Colaboración con organizaciones socioculturales del tercer mundo.
3. Organización de exposiciones, conferencias, conciertos...
4. Organización de jornadas de convivencia. -
5. Organización de foros de reflexión y estudio.
6. Establecimiento de convenios culturales con entidades públicas y privadas.
7. Facilitar a los investigadores y al público en general el acceso a bibliotecas y museos de la Fundación.
8. En general, aquellas actividades benéficas, culturales y asistenciales que conduzcan a la satisfacción de necesidades concretas, físicas y morales, individuales y colectivas, relacionadas con los fines de la Fundación.

Beneficiarios

1. Los beneficiarios de la Fundación son:

a) Investigadores.
b) Estudiantes.
c) Público en general que desee tener espacios de estudio, investigación, reflexión, convivencias.. . etc.

2. El Patronato, a la hora de determinar los beneficiarios de la actividad de la Fundación, actuará con criterios de imparcialidad y no discriminación, sin perjuicio de limitar el acceso a quienes no se ajusten a los valores propios de la Fundación.